La Psicología
del Tránsito es una rama de la Psicología que inicia su desarrollo, hace pocos más de 10 años en Argentina, relativamente
tarde, en comparación a otros países del mundo. Quizás, a consecuencia de ello,
el camino a recorrer es arduo y con amplios desafíos.
La oposición
más fuerte que tiene éste campo, se relaciona con la práctica hegemónica del
médico, ya que, en nuestro país, fueron quienes, históricamente, determinaban,
de modo exclusivo, las condiciones de aptitud y no aptitud psicofísica de un
paciente. Considerando que sólo la falta de padecimientos mentales severos
(léase Psicosis o personalidades Borderline) era suficiente para considerar a
una persona “capacitada” para portar un arma o conducir un vehículo.
Y es en ese
lugar tan estructurado hacia donde se dirige la Psicología y dice, “¡No señores! Hay muchos otros factores
emocionales que podrían, a mediano o largo plazo, interferir en un buen
desempeño como conductor”, éste cambio de posición frente a una misma
situación, genera resistencias de parte de los médicos y de los grupos que
dirigen las evaluaciones psicofísicas, en tanto, ésta nueva mirada limita, aún mas, la posibilidad de que todos
puedan adquirir la condición de aptos para conducir un vehículo o portar arma.
La Psicología hablará de aptitud psicoemocional y actitud conductual de
adaptación, siendo necesaria ambas para obtener un APTO PSICOLÓGICO para el otorgamiento de Licencias de Conducir o
Portación de Armas. Generando un cambio de posición que implica dejar de pensar
a las licencias de conducir como un
“mero trámite administrativo y recaudatorio” para pasar a pensarlo como un
compromiso social con la comunidad toda, pensando en una sociedad sana a nivel
vial. El psicólogo bregará por la salud mental vial, desde su lugar de
profesional que respeta y valora el derecho fundamental de una persona: EL
DERECHO A LA VIDA.
Y cuando hablo
y equiparo el otorgamiento de licencias de conducir con la licencia para
portación de armas, hago referencia a una cuestión controversial para muchos,
en tanto, se puede considerar que un mal uso o un abuso, tanto de un arma de
fuego como de un vehículo, podría generar daños a sí mismo o a terceros; daños
que pueden ser leves, pero en muchos casos, son fatales. Es por ello que
debemos ser cautelosos al momento de evaluar y otorgar un veredicto de aptitud
o no aptitud de un sujeto.
La psicología
aporta una visión integral de la persona,
considerándolo como un ser con emociones, las cuales pueden incidir en su comportamiento y en su
cuerpo (ejemplo: un ataque de pánico puede generar ansiedad incontrolada y al
mismo tiempo taquicardia y paralización de la conducta); y si a ello agregamos,
el factor social, donde está inserto
el ser humano, vemos que dichos comportamientos pueden condicionar, limitar,
incidir en el adecuado intercambio social, lo cual influye, también, en la
persona cuando se inserta en el sistema vial.
En Argentina,
la primera ley que regula el ejercicio profesional de la psicología, es la
5336, que reglamenta la profesión de psicólogos para la Provincia de Entre
Ríos. Versando en su artículo 3, el siguiente párrafo:
En todos los
supuestos y cualquiera sea el campo, los PSICÓLOGOS serán los profesionales
específicamente capacitados para utilizar test de inteligencia para uso
clínico, test de personalidad y técnicas y métodos proyectivos. Igualmente se
considerará ejercicio de la profesión de PSICÓLOGO el control de la enseñanza y
difusión del conocimiento y técnicas psicológicas, aun por intermedio de la
Cátedra.
Ésta ley ha
servido de modelo para las demás provincias argentinas. Haciéndose siempre
referencia al Psicodiagnóstico como actividad privativa del Psicólogo. Y es
allí donde nos encontramos con una problemática actual, ya que a partir de la
Ley Nacional de Tránsito, ley nº 24449, se establece como obligatoria la
evaluación psicofísica del conductor, sin embargo, no se especifica que
la tarea de evaluar psicoemocionalmente, deberá ser realizada sólo por
un profesional psicólogo, así como tampoco se establecieron los criterios o
condiciones de aptitud psicoemocional para el otorgamiento de la licencia
nacional habilitante. Este vacío en la ley nacional de tránsito trajo
consecuencias, a saber:
- · médicos que aplican técnicas psicodiagnósticas,
- · alumnos avanzados de la Carrera de Psicología que realizan procesos psicodiagnósticos,
- ambas cuestiones implican, claramente, el ejercicio ilegal de la psicología. Dichas actividades ilegales fueron denunciadas, desde la Comisión Nacional de Psicólogos de Tránsito (*[1]).
Personalmente,
he presentado ante dicha comisión, la propuesta de determinar varios perfiles
de conductores que tengan en consideración el tipo de conducción que se
realice, como ser:
·
Conductor particular: Quien
utiliza un vehículo para transportarse y transportar su familia en situaciones
cotidianas.
·
Conductor Profesional: Es decir,
quienes hacen de la conducción de vehículos, un medio de trabajo. En general,
utilizan vehículos de mayor porte, pudiendo transportar cargas en general
(animales, maderas, granos, etc); sustancias peligrosas y transporte de
pasajeros. Considerándose, en cada caso, qué tipo de transporte realiza para
profundizar en las condiciones que debería poseer el conductor.
·
Conductor de Emergencias: En éste
grupo se encuentras aquellas personas que, por su práctica diaria, trabajan con
la urgencia como factor determinante. Agrupamos allí a personal de emergencias
médicas, personal policial y bomberos.
Sin embargo,
realizar una selección a partir de evaluaciones psicodiagnósticas, no es
suficiente, ya que se debe trabajar con los conductores en cuestiones
relacionadas no sólo al conocimiento de la ley nacional de tránsito, sino
también, en cuestiones que tienen que ver con el adecuado comportamiento en la
vía pública, trabajando éste último punto, desde una visión que respete los
derechos humanos, respete la vida y la integridad psicofísica de cada uno de
los usuarios de la vía pública.
La Psicología
de Tránsito abarca la problemática vial desde una visión centrada en el hombre,
considerándolo el eslabón principal de dicho sistema. Sin la intervención del
hombre, el tránsito no sería posible, no al menos, como lo conocemos ahora. De
modo directo o indirecto, por acción o por omisión, el ser humano es el
responsable del flujo de éste sistema. Y es allí, donde la psicología hace sus
aportes.
Aportes que
nos harán pensar en éste sistema integrado y permiten pensar nuestra realidad
desde lo humano, considerando al hombre como un ser BIOPSICOSOCIAL (mente,
cuerpo y ambiente) donde vemos que si uno de éstos tres factores no funciona
como debería, se notarán alteraciones en el ser humano que modificarán su
comportamiento e indefectiblemente, el sistema social de tránsito también se
verá afectado.
Ante este
cambio de visión en relación a la vialidad, es que convocamos a todos los
colegas a comprometerse en la problemática vial para realizar aportes que
ayuden a lograr las metas establecidas por la OMS bajo el lema “Salvemos un
millón de vidas” e invitamos a todos los organismos e instituciones ya sean
estatales o privadas en pensar abordar la problemática vial desde una
perspectiva donde los derechos de las personas sean el eje principal de
trabajo, en tanto, el tránsito está hecho y sostenido por todos y cada uno de
nosotros como usuarios permanente de la vía pública.
Lic. Araceli González.
Psicóloga – MP 140 (Chaco, Argentina)
Ex -Secretaria Comisión
Nacional de Psicólogos del Tránsito
Miembro de Traffic Psychology International
*[1] - La
Federación de Psicólogos de la República Argentina (Fe.P.R.A.) nuclea a todos
los Colegios de Psicólogos del País. Dicha Federación cuenta con Comisiones
Nacionales de trabajo, en relación a temáticas que ocupan y preocupan a los
psicólogos de todo el territorio Argentino. La Comisión Nacional de Psicólogos
de Tránsito (C.N.P.T.) está conformada por psicólogos que fueron enviados, en
calidad de delegados, por sus colegios. Teniendo cada provincia un delegado
titular y un delegado suplente. Dicha Comisión tiene representantes que forman
parte del Consejo Consultivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial
(A.N.S.V.)
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